miércoles, 18 de julio de 2012

El procedimiento de prueba

El periodo de prueba es uno pero existe un procedimiento estándar que permite, desde una perspectiva teórica, entender lo que debe ser el elemento fundamental de nuestro trabajo, saber cada uno de los diferentes actos procesales que inician las diversas fases de la prueba a fin de provocar que el juzgador no sólo sepa que sabemos exponer lo que son nuestros derechos sino que nos quiera conceder los mismos, reconociéndolos.

Las fases de la prueba son:
1.- Proposición
2.- Preparación de los medios de prueba
3.- Ejecución de los medios de prueba
4.- Alegación de los medios de prueba y
5.- Cierre del periodo de prueba, generalmente, transcurrido el periodo de alegación de la prueba.
Muchos de estas fases se confunden careciendo de claridad sobre el punto. Es por lo anterior que nos permitimos

1.- La proposición de la prueba

El acto procesal de proposición de prueba se confunde con el acto de acompañar pruebas al juicio en algunos casos y en otros es un acto formal en que se indica al tribunal el que se requiere ejecutar un medio de prueba determinado. Así acompañar documentos al juicio utilizando algunas de las palabras rituales conforme al tipo de documento que se trate es el acto que en materia documental ejecuta la actividad de proponer la prueba. Tiene por objeto obtener del tribunal la aprobación para la ejecución de la prueba y el que se ejecute el principio de audiencia, a saber, que la contraparte pueda determinar el acto jurídico procesal pertinente para oponerse a la forma o el fondo del medio de prueba de que se trate.

En el caso de la inspección personal de tribunal el actor puede pedirlo desde el momento en que deduce la demanda y el demandado podrá oponerse al mismo.

En materia procesal penal la proposición se plantea en la audiencia correspondiente antes de deducir la acusación donde el tribunal de garantía ejecuta la actividad de admitir o desechar la prueba conforme a la pertinencia y licitud correspondiente.

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